
Sucesiones y fideicomisos · Coral Gables, Florida
¿Quién puede obtener una copia del testamento en Florida?
Explicamos cómo se maneja el original, qué ocurre si se pierde y cuándo surgen dudas sobre el acceso a un testamento. Trust Counsel, PL se enfoca en litigios y planificación de sucesiones y fideicomisos.
Por Leslie V. Marenco · Publicado 29 de octubre de 2026
Quién tiene derecho a una copia de un testamento en Florida
Ese grupo incluye a los herederos, a los beneficiarios nombrados en el testamento y al representante personal (a menudo llamado albacea) una vez que un tribunal lo designa. Además, que una persona determinada pueda obtener una copia depende de si ya se abrió el proceso sucesorio.
Normalmente, una copia llega a una persona por una de tres vías. El custodio debe entregar el original al tribunal. El testamento presentado pasa entonces a formar parte del expediente judicial. El representante personal también debe notificar a ciertas personas. Cada vía funciona de manera distinta, así que conviene saber cuál se ajusta a su caso.
Si tiene el testamento de un familiar o no logra encontrarlo, no tiene que resolver los próximos pasos solo. Hable con Trust Counsel, PL sobre su caso. Háblelo con Trust Counsel, PL: la primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso.

Respuesta breve: quién puede obtener una copia de un testamento en Florida
Quién puede solicitar una copia de un testamento de Florida es una cuestión de derecho que depende de los hechos de cada situación. Ese grupo incluye a los herederos, a los beneficiarios nombrados en el testamento y al representante personal una vez que un tribunal lo designa. Que usted pueda obtener una copia depende de los hechos, incluido si el proceso sucesorio ya se abrió.
Una copia está vinculada al proceso sucesorio. Antes de eso, el original normalmente permanece en poder de quien lo custodia, y esa persona tiene deberes conforme a la ley de Florida.
Personas interesadas y beneficiarios conforme a la ley de Florida
Una persona interesada es cualquier persona que razonablemente pueda esperarse que se vea afectada por el resultado de un caso sucesorio. Un beneficiario que ya recibió la distribución completa no es una persona interesada. Esa definición proviene de Fla. Stat. § 731.201. El estatuto también considera al representante personal como persona interesada en cualquier caso que afecte al patrimonio o a los derechos de un beneficiario.
Florida define a un beneficiario como heredero legal cuando no hay testamento. El Fla. Stat. § 731.201 dice: “El término «beneficiario» no se aplica a un heredero legal ni a un legatario después de que el interés de esa persona en el patrimonio haya sido satisfecho”. Cuando hay testamento, define a un beneficiario como legatario. Los herederos y los beneficiarios nombrados tienen un interés directo en lo que dice el testamento. Una persona nombrada en un testamento anterior puede ser persona interesada si el resultado de un procedimiento concreto razonablemente podría afectarle.
El parentesco, por sí solo, no resuelve la cuestión. El estatuto pregunta si el resultado puede afectar a la persona. Un familiar que no recibe nada en el testamento puede tener, aun así, un interés jurídico, y un familiar que recibe algo puede no tenerlo. Cada situación depende de sus propios hechos.
El representante personal tiene el deber de notificar. El aviso de administración se entrega con prontitud al cónyuge supérstite, a los beneficiarios y a cualquier persona que pueda tener derecho a bienes exentos, cuando esas personas sean conocidas. Conforme al Fla. Stat. § 733.212, el representante personal debe notificar sin demora una copia del aviso de administración a las personas conocidas por él, incluido el cónyuge supérstite del causante. Ese aviso también inicia un plazo breve para presentar objeciones, que se explica más adelante en esta página.
Quién conserva el original del testamento y cuándo debe entregarse
El custodio de un testamento debe depositarlo ante el secretario del tribunal dentro de los 10 días siguientes a enterarse de que la persona ha fallecido. El custodio también debe proporcionar al secretario la fecha de fallecimiento o los últimos cuatro dígitos del número de Seguro Social de la persona.
Los custodios pueden ser de muchos tipos. La persona fallecida pudo haber usado a un abogado que guardó el original en un expediente. Un familiar pudo haberlo guardado en un escritorio en casa. Puede encontrarse en una caja de seguridad o en poder de una institución financiera. Quien tenga el original tiene ese deber, así que localizar a esa persona es el primer paso práctico.
El procedimiento sucesorio de Florida fija un plazo para depositar el testamento de una persona fallecida, según dispone el Fla. Stat. § 732.901. Si un custodio no deposita el testamento sin causa justa o razonable, el tribunal puede actuar. Previa petición y notificación, el tribunal puede obligar al depósito. Pueden cobrarse al custodio que no depositó el testamento los costos, los daños y unos honorarios de abogado razonables.
Una vez que el testamento llega al secretario, este debe conservar el original en su forma original durante al menos 20 años. Eso es así tanto si el testamento se admite o no a trámite sucesorio.
Cómo obtener una copia del expediente sucesorio
Un testamento presentado junto con una petición u otro escrito procesal se considera depositado ante el secretario, conforme al Fla. Stat. § 732.901. Eso incorpora el testamento al registro sucesorio.
Algunas situaciones requieren una copia autenticada. La ley de Florida define una copia autenticada como una copia certificada o una copia autenticada conforme a las normas federales. Esa definición aparece en el Fla. Stat. § 731.201. Conforme a la Fla. Prob. R. 5.215, una copia autenticada puede admitirse a trámite sucesorio si el original podría haberlo sido.
Coral Gables se ubica en el condado de Miami-Dade, por lo que los registros sucesorios de un caso de Coral Gables se conservan en la oficina del secretario de Miami-Dade. Confirme los pasos actuales para solicitarlo directamente con la división sucesoria del secretario. Tener el nombre completo de la persona fallecida, el número de caso y la fecha de fallecimiento ayudará al secretario a localizar el expediente.
Cuando no se encuentra el original del testamento
La falta del original de un testamento no pone fin al asunto. La ley de Florida permite que una persona interesada acredite los términos completos de un testamento perdido o destruido y lo presente para su trámite sucesorio. Los términos específicos deben probarse mediante dos testigos desinteresados. Si se aporta una copia fiel, un solo testigo desinteresado puede probarla.
Un testigo desinteresado es aquel que no tiene ningún interés en el patrimonio. El tribunal valora después ese testimonio.
Algunos testamentos contienen una prueba incorporada. Un testamento autoprobado otorgado conforme a este código puede admitirse a trámite sucesorio sin más prueba, conforme al Fla. Stat. § 733.201. Conforme a la s. 117.265, cualquier incumplimiento de los procedimientos de notarización en línea no afecta la validez del acto notarial ni del registro electrónico que fue notarizado, pero puede presentarse como prueba de infracciones o de posible fraude. Conforme al Fla. Stat. § 733.201, un supuesto testamento electrónico autoprobado solo puede admitirse a trámite sucesorio de las formas prescritas en los subapartados (2) y (3) si hubo un incumplimiento sustancial de los procedimientos de la s. 117.265. Un testamento otorgado conforme a la s. 732.502 puede hacerse autoprobado en el momento de su otorgamiento o en cualquier fecha posterior, cuando el testador lo reconoce y los testigos prestan declaraciones juradas ante un funcionario autorizado, tal como describe el Fla. Stat. § 732.503. Las preguntas frecuentes sobre testamentos del Departamento de Estado de Florida (notarías) explican que autoprobar un testamento puede simplificar el trámite sucesorio.
Las cajas de seguridad requieren cuidado. El Fla. Stat. § 733.6065 regula la primera apertura de la caja arrendada de una persona fallecida. Debe realizarse en presencia de dos cualesquiera de estas personas: un empleado del banco, el representante personal o el abogado del representante personal. El representante personal debe presentar el inventario de la caja ante el tribunal dentro de los 10 días siguientes a su apertura. El Fla. Stat. § 733.6065 dice: “Salvo que el tribunal ordene otra cosa, este inventario y el registro de entrada adjunto a la caja solo pueden ser inspeccionados por las personas con derecho a inspeccionar un inventario conforme a la s. 733.604(1)”.
Si le preocupa que un documento pueda haber sido alterado, lea sobre el examen de firmas falsificadas y de escritura a mano en Florida.
¿No sabe cuál es su próximo paso?
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Cuando se rechaza una copia o se impugna el testamento
Una solicitud de copia rechazada o una disputa sobre un testamento puede llevarse ante el tribunal. Pueden aplicarse distintos remedios según lo que esté en cuestión. Algunos pasos tienen plazos estrictos.
Una persona interesada puede presentar una oposición (caveat) para alertar al tribunal. Conforme al Fla. Stat. § 731.110, el tribunal no puede admitir un testamento ni designar a un representante personal hasta que se haya notificado formalmente la petición de administración al opositor o a su agente designado, y este haya tenido la oportunidad de participar en el procedimiento sobre la petición. Una oposición presentada antes de que la persona fallezca expira 2 años después de su presentación.
Las objeciones a un testamento tienen un plazo. Conforme al Fla. Stat. § 733.212, una persona interesada a la que se le haya notificado el aviso de administración debe objetar la validez del testamento, la competencia territorial o la jurisdicción dentro de los 3 meses siguientes a la notificación. De lo contrario, esas objeciones quedan precluidas para siempre. Todas esas objeciones deben presentarse a más tardar en la fecha más temprana entre una orden final de liberación o 1 año después de la notificación. Se aplica un plazo separado a los bienes exentos. Las personas con derecho a bienes exentos conforme a la s. 732.402 deben presentar una petición para determinar los bienes exentos a más tardar en la fecha posterior entre 4 meses después de la notificación del aviso de administración o 40 días después de que terminen ciertos procedimientos relacionados; de lo contrario, se considerará que han renunciado a esa reclamación. El plazo de 3 meses solo puede extenderse por preclusión basada en una declaración errónea del representante personal sobre el plazo.
El Fla. Stat. § 732.518 establece que una acción para impugnar un testamento no puede iniciarse antes de la muerte del testador.
Los lectores que enfrentan una interferencia con una herencia pueden leer sobre demandar a un tercero que interfiere con una herencia. Los lectores preocupados por bienes de un fideicomiso pueden leer sobre congelar los bienes del fideicomiso durante una disputa. La página de abogado de litigios sobre fideicomisos de Trust Counsel abarca las disputas sobre fideicomisos y sucesiones en Florida.

Hable con Trust Counsel, PL sobre su situación
Perder a un ser querido es difícil. Buscar un testamento, o enterarse de que un familiar no quiere compartir una copia, añade presión a un momento ya doloroso. No necesita resolver las cuestiones jurídicas en una sola sesión.
Esta página es responsabilidad de Leslie V. Marenco, abogada de Trust Counsel, PL. El único despacho de la firma está en Coral Gables, Florida. Los abogados de la firma incluyen a Leslie V. Marenco y a Tanya Vega.
La primera consulta es gratuita, confidencial y sin compromiso de continuar. Para analizar los hechos de su situación, llame al (305) 707-7126 o comuníquese a través de la página de contacto.
Preguntas frecuentes
Preguntas comunes sobre copias de testamentos
Conforme al Fla. Stat. § 731.201, una “persona interesada” es cualquier persona que razonablemente pueda esperarse que se vea afectada por el resultado del procedimiento concreto de que se trate. El término no incluye a un beneficiario que ya recibió la distribución completa.
¿Quién conserva el original del testamento?
El custodio lo conserva hasta que lo deposita ante el secretario. El custodio debe depositarlo dentro de los 10 días siguientes a enterarse del fallecimiento.
Presentarlo junto con una petición sucesoria cuenta como depósito.
¿Qué pasa si se pierde el original del testamento?
La ley de Florida permite que una persona interesada acredite un testamento perdido o destruido mediante testigos desinteresados.
¿Cuánto tiempo tengo para objetar un testamento en Florida?
En general, tiene 3 meses desde que se le notifica el aviso de administración. El límite máximo es 1 año desde la notificación.
Cómo podemos ayudarle
Custodia del original
Revisamos dónde se encuentra el original del testamento y quién lo tiene bajo custodia.
Testamento perdido o destruido
Analizamos la prueba disponible cuando el original no aparece y el asunto requiere acción legal.
Herederos y beneficiarios
Orientamos a herederos y beneficiarios sobre sus opciones frente a la administración de la sucesión.
Representantes y fiduciarios
Asesoramos a representantes personales y fiduciarios sobre sus obligaciones y su posición legal.
Actúe con antelación
Cuando hay dudas sobre el original del testamento, los plazos y los documentos pueden ser decisivos. Consultar a tiempo ayuda a evitar errores costosos.
Temas frecuentes sobre el testamento
Quién conserva el original
Entender quién custodia el documento y qué debe hacerse con él tras el fallecimiento.
Testamento perdido
Cómo se intenta acreditar un testamento que no se encuentra o que fue destruido.
Disputas sobre el testamento
Cómo se abordan las impugnaciones y los conflictos entre herederos o beneficiarios.