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El 27 de febrero de 2019, el IRS emitió una nota informativa recordando a los contribuyentes con deudas tributarias gravemente morosas que se encuentran en riesgo de no poder renovar sus pasaportes. Esta noticia es de particular importancia para los ciudadanos estadounidenses que planean viajar al extranjero, los ciudadanos que viven en el exterior y aquellas personas con doble nacionalidad que viajan regularmente. La posibilidad de no renovar el pasaporte o incluso que éste sea revocado es una excelente herramienta del IRS para hacer cumplir las leyes tributarias estadounidenses.

El Servicio de Rentas internas (IRS por sus siglas en inglés) ha tenido dificultades para recaudar impuestos y hacer cumplir las leyes fiscales cuando los contribuyentes son ciudadanos que viven o invierten en el extranjero. Como resultado, el IRS ha realizado serios esfuerzos para lograr que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias. Algunos ejemplos de estos esfuerzos son la implementación de la ley de Bancos y Cuentas Financieras Extranjeras (FBAR), el Programa Voluntario de Declaración Extranjera (OVDP)—que finalizó recientemente—y la promulgación de la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras. Siguiendo esa línea, el Congreso, a través de la Ley Arreglando el Transporte de Superficie de América (FAST) otorgó al IRS la autoridad para establecer un programa de Certificación de Pasaportes; estas provisiones se encuentran codificadas en la sección 7345 del Código Tributario de los Estados Unidos. Bajo este programa, el Departamento de Estado debe negar, revocar o limitar el pasaporte de una persona si el IRS ha certificado que la persona tiene una deuda tributaria gravemente morosa. La implementación de este programa comenzó en enero de 2018.

En general, una deuda tributaria gravemente morosa es una obligación tributaria pendiente que es legalmente ejecutable y excede los $ 52,000—siempre y cuando el contribuyente haya recibido un aviso de gravamen fiscal federal. Este aviso contiene información sobre los pasos que el contribuyente debe tomar para resolver el problema. Sin embargo, existen algunas excepciones para evitar que ciertas deudas tributarias se conviertan en una deuda tributaria gravemente morosa. Estas excepciones incluyen los acuerdos de pago a plazos, ofertas de transacción, casos por los que se ha solicitado una audiencia de debido proceso de cobro, etc. Asimismo, el IRS ha creado exclusiones de certificación para los contribuyentes cuyas deudas sean no-cobrables por su difícil situación financiera, aquellos que tengan una solicitud de pago a plazos u ofertas de transacción pendientes, para contribuyentes que hayas sido víctimas de robo de identidad relacionado con las deudas en cuestión, etc. Además, el contribuyente debe ser informado de la certificación, así como la descertificación. El IRS debe enviar una notificación al contribuyente a su última dirección conocida. También, antes de negar la renovación del pasaporte, el Departamento de Estado mantendrá la solicitud de renovación por 90 días para que el contribuyente pueda resolver la deuda, ya sea realizando el pago del monto total, iniciando un acuerdo de pago a plazos o resolviendo algún problema de certificación errónea. Si la deuda tributaria se resuelve, el IRS revocará la certificación dentro de los 30 días siguientes y el Departamento de Estado eliminará la certificación del registro del contribuyente. En caso de que el contribuyente esté fuera del país, el Departamento de Estado emitirá un pasaporte de validez limitada que solo permitirá que el retorne del ciudadano estadounidense al país. Sin embargo, los ciudadanos que deban viajar a varios países por motivos de trabajo tendrán dificultades al hacerlo. Como se puede apreciar, la autoridad del IRS para revocar o denegar los pasaportes facilitara la aplicación de las leyes tributarias sobre las personas con deudas gravemente morosas. Por lo tanto, los contribuyentes con deudas pendientes deben asegurarse de actualizar su dirección con el IRS para recibir avisos oportunos. Además, deben tomar medidas inmediatas para resolver las obligaciones tributarias pendientes ya sea pagando su deuda, solicitando un acuerdo a plazos, una oferta de transacción, etc. De lo contrario, su capacidad de viajar desde y hacia los Estados Unidos será severamente afectada.