¿Tiene Cuentas Offshore? Recuerde FATCA y los Reportes de Terceros

¿Tiene Cuentas Offshore? Recuerde FATCA y los Reportes de Terceros

Desde hace algunos años, el Servicio de Rentas Internas de los EE. UU. (IRS por sus siglas en inglés) publica una lista anual de estafas tributarias, comúnmente conocidas como la “docena sucia.” Este año, la lista incluye como una de las estafas más comunes el ocultar o no declarar activos en el extranjero. Ademas, el IRS recuerda a los contribuyentes que el hecho de no informar sobre estos activos extranjeros puede traer graves consecuencias—sanciones civiles y penales. Los contribuyentes con cuentas extranjeras no reveladas deben recordar que, debido a la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA por sus siglas en ingles), el IRS también obtiene información a través de informes de terceros. Pero, ¿qué es FATCA?

La ley FATCA se promulgó en 2010 para prevenir la evasión fiscal por parte de ciudadanos o residentes fiscales estadounidenses—y ciertas corporaciones domésticas, sociedades y fideicomisos—que poseen cuentas y otros activos financieros offshore. En general, los ciudadanos y residentes fiscales estadounidenses deben reportar sus activos extranjeros al IRS en el Formulario 8938, Declaración de Activos Financieros Extranjeros.

Las obligaciones de reporte varían de acuerdo con las circunstancias de cada contribuyente. Los contribuyentes no casados ​​que viven en los EE. UU. deben declarar sus activos financieros extranjeros (cuentas financieras, acciones, intereses en entidades extranjeras, seguros de vida, anualidades, etc.) si el valor de estos activos es superior a $ 50,000 el último día del año fiscal, o más de $ 75,000 en cualquier momento durante el año fiscal. Los contribuyentes casados ​​que viven en los EE. UU. y presentan una declaración conjunta deben presentar este reporte si el valor total de estos activos es superior a $ 100,000 el último día del año fiscal, o más de $ 150,000 en cualquier momento del año fiscal. Asimismo, los contribuyentes casados ​​que viven en los EE. UU. y presentan una declaración por separado deben reportar sus activos en el extranjero si el valor total de dichos activos es superior a $ 50,000 el último día del año fiscal, o más de $ 75,000 durante el ejercicio fiscal.

Sin embargo, los contribuyentes que viven en el extranjero están sujetos a diferentes estándares. Los contribuyentes no casados ​​que viven en el extranjero deben cumplir con estas obligaciones de informe si el valor de sus activos es más de $ 200,000 en el último día del año fiscal o más de $ 300,000 en cualquier momento del año fiscal. En el caso de aquellos contribuyentes casados que viven en el extranjero ​​y presentan una declaración conjunta, la obligación de informar se activa si el valor total de todos los activos financieros extranjeros que poseen los cónyuges es más de $ 400,000 en el último día del año fiscal o más de $ 600,000 en cualquier momento durante el ejercicio fiscal. Por el contrario, si el contribuyente está casado, vive en el extranjero y presenta una declaración separada, la obligación se activa si el valor total de los activos financieros extranjeros del contribuyente es más de $ 200,000 en el último día del año fiscal o más de $ 300,000 en cualquier momento durante el año fiscal.

Los contribuyentes sujetos a obligaciones de reporte bajo esta ley deben tener en cuenta que Instituciones Financieras Extranjeras (FFI por sus siglas en inglés) también están obligadas a identificar a sus clientes estadounidenses. Estas entidades FFIs deben informar directamente al IRS sobre las cuentas financieras mantenidas por los contribuyentes estadounidenses o por entidades extranjeras en las que los contribuyentes estadounidenses tienen una participación sustancial. Algunos ejemplos de FFI son bancos, entidades de inversión, corredores y ciertas compañías de seguros. Además, algunas entidades extranjeras no-financieras tienen obligaciones similares. Las FFI que no proporcionan estos informes están sujetas a un impuesto de retención del 30% sobre cualquier pago realizado a la FFI de un banco de los EE. UU. Dichos pagos pueden incluir dividendos, intereses y primas de seguro hechas a instituciones financieras no estadounidenses.

Los contribuyentes que deben cumplir con estas obligaciones deben tener en cuenta que FATCA también requiere que ciertas Instituciones Financieras Extranjeras (FFI) identifiquen a sus clientes de los EE. UU. Estas FFI también deben informar directamente al IRS sobre las cuentas financieras mantenidas por los contribuyentes de los EE. UU. O por entidades extranjeras en las que los contribuyentes de los EE. UU. Tienen una participación sustancial. Algunos ejemplos de FFI son bancos, entidades de inversión, corredores y ciertas compañías de seguros. Además, algunas entidades extranjeras no-financieras tienen obligaciones similares. Las FFIs que no proporcionan estos informes están sujetas a una retención de un 30% sobre cualquier pago que un banco en los EE. UU. realice a la FFI. Dichos pagos pueden incluir dividendos, intereses y primas de seguro hechas a estas instituciones financieras extranjeras.

Si bien existen razones legítimas para mantener activos o cuentas bancarias en el extranjero, los contribuyentes deben cumplir con los requisitos de reporte que impone esta ley FATCA, además de presentar el Informe de Bancos y Cuentas Financieras Extranjeras (FBAR por sus siglas en inglés). Recuerde, los reportes FBAR no eximen a los contribuyentes de la obligación de cumplir con los reportes bajo la ley FATCA. Los contribuyentes que no declararon adecuadamente sus activos en el extranjero o no cumplieron con el pago de impuestos sobre sus ingresos de inversión extranjeras deberían solicitar asesoría, ya que existen opciones para cumplir con estas obligaciones tributarias.

 

 

 

 

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